xa on Tue, 11 Dec 2001 10:14:01 +0100 (CET)


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[nettime-lat] Contra la privatización del mundo


hola a todas/os,
os envío un articulito del harlemDésir que he visto por www.rebelion.org y
creo merece la pena.

hasta luego/xa<<wewearbuildings.cc
29 de noviembre del 2001
Contra la privatización del mundo
Harlem Désir
ATTAC
Se recuerda muy a menudo que el volumen comercial internacional se ha
multiplicado por 18 en el transcurso del ultimo medio siglo. Pero pasando de
la época del GATT a la de la OMC, el sistema comercial multilateral no solo
ha cambiado de dimensiones sino también de naturaleza.
El GATT ponía en juego reglamentaciones comerciales que se aplicaban
esencialmente a un campo limitado, el de las barreras tarifarias y sobre
algunas restricciones cuantitativas en el intercambio de bienes y de
mercancías. Involucraba al principio a solo un número restringido de países,
los que participan en mayor grado en el comercio internacional. Las
cuestiones comerciales encaradas como negocios para especialistas, se
trataban dentro de cierta confidencialidad, directamente vinculada con los
sectores económicos involucrados, sin interferir con el resto de la
sociedad.
Con la OMC las regulaciones comerciales se han extendido a una considerable
cantidad Nuevos rubros: servicios, propiedad intelectual, inversiones,
reglamentaciones sobre barreras no-tarifarias que tienen a menudo impacto
sobre cuestiones no-comerciales; estas reglamentaciones se han convertido en
verdaderas imposiciones con un sistema de regulación de los diferendos que
puede desembocar en sanciones sin equivalente en otras organizaciones
multilaterales; finalmente la ampliación que comenzara en el GATT ha
introducido entre los miembros una heterogeneidad sin precedentes. Desde
ahora en más las reglas del sistema comercial no se aplican más solo al
quinto de la producción mundial intercambiado a través de las fronteras sino
también en mercaderías y servicios que no formarán jamás parte del comercio
internacional. Las regulaciones nacionales sobre el sistema bancario, los
servicios financieros, los mercados públicos, las telecomunicaciones, las
medidas de ayuda a los agricultores, están sometidas a las normas de la OMC.
Todos los países se hallan involucrados y sus leyes internas afectadas,
cualesquiera fuere la participación que tuvieren en el comercio mundial.
Algunos acuerdos de la OMC han desembocado en cuestiones muy complejas tales
como el acceso a los medicamentos necesarios a los enfermos de SIDA, el
patentamiento de organismos vivos, la interpretación del principio de
precaución en materia alimentaria, la protección de las especies amenazadas
y el respeto por las correspondientes convenciones internacionales. Renato
Ruggiero antiguo dirigente de la DC ha dicho que la OMC es una constitución
para una economía única y global (a constitution for a single global
economy) Podría agregarse una constitución fundada no solamente sobre
tratados comerciales sino también sobre la jurisprudencia elaborada a medida
que el Organo de regulación de los Diferendos va interpretando los
diferentes tratados.
Esta constitucionalización rampante puede restringir la libertad legislativa
de los parlamentos más allá de lo que se haya explícitamente establecido en
los acuerdos. Los tratados son cierta y legítimamente negociados por los
gobiernos. Pero gran cantidad de países en desarrollo (PED) han declarado
luego de la Ronda Uruguay que no previeron en el momento de firmarlos las
consecuencias jurídicas, administrativas y financieras de ciertos acuerdos
en cuya elaboración no habían participado. Tal es especialmente el caso del
acuerdo sobre propiedad intelectual impuesto al final de las negociaciones
por los países industrializados los que en nombre de la protección de las
patentes industriales farmacéuticas, amenaza el derecho de los más pobres a
adquirir y distribuir medicamentos genéricos en la lucha contra las grandes
epidemias como el SIDA y la malaria. Pero puede igualmente agregarse que la
inmensa mayoría de los países de la Unión europea tampoco habían imaginado
al aprobar los acuerdos que establecían la OMC en 1944 que estaban aceptando
reglamentaciones que permitirían condenar a sus propios países por haber
prohibido la utilización de hormonas en la cría de ganado destinado al
consumo (y por lo tanto la importación de carne con hormonas de los EEUU).
Seguramente no imaginaron que en parte en nombre del acuerdo sobre
servicios, el AGCS se dictaría una sentencia sobre el asunto de la banana de
los países ACP ( Africa, el Caribe y el Pacífico) que pareciera más bien
tener que juzgarse mediante reglas comerciales referidas a las mercancías.
La ambigüedad en la redacción de este acuerdo sobre servicios despierta
preocupación sobre sus futuras consecuencias en el sector de los servicios
públicos.
A este impacto cada vez más profundo de las reglamentaciones comerciales
sobre las normas internas de los países miembros de la OMC se ha agregado
otro motivo de cuestionamiento del sistema comercial multilateral: se
refiere a su legitimidad y a su eficacia en algunos de sus países miembros.
La legitimidad democrática de la OMC, organización de carácter
intergubernamental, se basa en el principio de la igualdad de participación
de sus países miembros a través del voto. Pero la mayor parte de los PED se
hallan marginados de su funcionamiento y tenidos al margen de los procesos
de elaboración de las decisiones: por lo menos 24 países en desarrollo no
tienen representación permanente en la sede de la organización en Ginebra y
muchos otros solo tienen pequeñas delegaciones que no les permiten seguir de
cerca el conjunto de trabajos que les involucran. Muchos PED carecen de
experiencia y de capacidad de seguimiento en sus propios países. A modo de
ejemplo, cuando en Seattle la mayor parte no estuvo representada más que por
una sola persona (el ministro de comercio), la delegación de los EEUU estaba
conformada por 150 personas y las de Japón y la UE por alrededor de un
centenar. Aquí se juntan, para los PED, las cuestiones de forma y de fondo.
El avance de los primeros arrastraría a los demás, tal era la promesa de la
ronda Uruguay y de la liberalización comercial. Ahora, seis años después de
la creación de la OMC, la constatación es que los países del Norte han
abierto limitadamente sus mercados a los países del Sur, existen grandes
dificultades en la aplicación de los acuerdos y una permanente marginación
de los PED en su funcionamiento. Este sentimiento es más evidente en los
países menos desarrollados (PMA): 600 millones de habitantes que
representaban el 0,6% del comercio internacional hace 20 años y que hoy en
día solo llega al 4%.
Esta marginación ha sido mucho menos tenida en cuenta por la OMC que el
vínculo entre liberalización comercial y desarrollo que es objeto de un
discurso simplista y unilateral. El papel del comercio en el desarrollo
puede ser evidentemente decisivo. Rubens Ricupero, Director general de la
CNUCED, destaca que los países en desarrollo pueden ser clasificados en tal
sentido en dos grandes categorías. Los que enfrentan un proceso de acceso al
mercado y los que padecen una falta de capacidad de oferta. Los primeros
están en condiciones de ofrecer productos al mercado mundial en condiciones
de precio y calidad.
Tienen por lo general economías diversificadas y se hallan en una situación
intermedia, con industrialización incipiente. Los segundos sufren una
extremada dependencia con relación a los pocos productos (uno o pocos) de
exportación lo que los vuelve vulnerables a los cambios externos. Tal es el
caso de Africa en la que 47 países basan el 70% de sus ingresos por
exportación proceden de pocos productos como el café, el cacao, el petróleo
o el aceite de palma. Para los países de la primera categoría la relación
entre comercio y desarrollo es muy importante y el eslogan "trade not aid"
puede tener algún sentido, pero para los segundos solo la apertura comercial
no será suficiente. El libre comercio no solucionará los problemas de
infraestructura (transporte, energía, etc.), del sistema bancario, de las
inversiones públicas, del sistema educativo o de la salud. En relación a los
reglamentos comerciales, se debería aprender del hecho de que la mayoría de
los países competitivos en el mercado mundial tanto del Norte como del Sur,
han dispuesto y utilizado por largo tiempo y para sí mismos, medidas de
protección comercial, apoyos sectoriales y subvenciones que actualmente
están prohibidos por la OMC.
Efectivamente la OMC constituye una organización dominada por los poderes
comerciales, cuyas políticas son provechosas en primer término para las
potencias comerciales. Dos años después de Seattle, enfrenta una triple
crisis de legitimidad: por la marginación del comercio internacional de la
mayor parte de los países en desarrollo, así como del funcionamiento de la
organización, por las interferencias cada vez más importantes de las
reglamentaciones comerciales con cuestiones no comerciales como la salud
pública, el ambiente, los derechos sociales y la falta de transparencia y de
control democrático.


Harlem Désir, Diputado europeo

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